Análisis

Una nueva visión de la Constitución Mexicana

“La Constitución es la piedra angular de todas nuestras libertades; guárdala y cuídala; mantén el honor y el orden en tu propia casa, y la República perdurará”: Gerald Ford.

Hoy en día pareciera que nuestra Constitución mexicana es un viejo baúl que guarda las libertades que se consiguieron con la primera surgida en 1917; sin embargo, pareciera que no guarda el orden que la misma promueve.

¿Por qué nuestra Constitución que es rígida ha tenido más de 600 reformas durante los últimos 99 años mientras que la Constitución Inglesa que es flexible ha tenido pocas enmiendas? Las circunstancias y la sociedad son diferentes, sin embargo, la Constitución mexicana no tiene un parámetro estable de una ley fundante.

El texto constitucional mexicano ha sufrido múltiples reformas, muchas de ellas insustanciales y que en algunos casos resultan contradictorias, ambiguas y un tanto desactualizadas. Nuestro máximo ordenamiento jurídico ha servido de instrumento a la política, ya que en cada sexenio se transforma en un programa político del Presidente en turno, se plasman proyectos económicos que favorece a ciertos sectores nacionales e internacionales; se incluyen convenios de partidos políticos.

Por otra parte, desde un punto de vista técnico-jurídico, se han establecido disposiciones que son extremadamente minuciosas para estar contenidas en la norma fundante.

Actualmente, la Constitución mexicana es extensa, asistemática e incluso confusa. El orgullo de tener la primera Constitución social en el mundo se desvanece, pues además, el pueblo mexicano tiene gran desconfianza en ella, desconocimiento, alejamiento e indiferencia. Se ha tergiversado su esencia original y no ejecuta eficazmente sus funciones.

Se ha discutido por años qué hacer con la Constitución: redactar una nueva o reformarla totalmente. Es por eso que la propuesta académica de Diego Valadés y de Héctor Fix-Fierro, grandes constitucionalistas de nuestro país, han planteado reescribirla manteniendo el sentido político original. Se propone hacer un texto más corto, entendible y beneficioso tanto para los ciudadanos como para los legisladores y demás poderes constituidos.

Se pretende que el exceso de disposiciones reglamentarias y exageradamente detalladas reduzcan su número de palabras. Así como otros juristas opinan, lo reglamentario debe restablecerse en una ley de desarrollo constitucional. Dicho proyecto es apoyado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Ahora bien, como manifiesta el Dr. Franciso José Paoli Bolio, no se debe prescindir de nuestras constituciones pasadas, pues ellas contienen el sentido político original y fungen como parámetros. Abraham Lincoln dijo “pueblo que ignora su historia, pueblo que está condenado a repetirla”.

Nuestra norma fundante no sólo debe quedarse en un intento de perfección sistemática-técnica-jurídica y de resaltar supuestos derechos y libertades, sino que debe adecuarse a las circunstancias y necesidades actuales de la sociedad mexicana en un mundo globalizado y dominado por las libertades individuales y la tecnología de la información.

Por eso debemos retomar uno de los diversos principios del Estado liberal de Derecho: que la norma jurídica, y en éste caso la Constitución, sea general, abstracta y con una obligatoriedad verdaderamente efectiva.

Se debe de retomar el ideal del movimiento constitucionalista de garantizar verdaderamente por medio de la Constitución una libertad y asegurada también por un correcto establecimiento en el texto la separación de poderes y los derechos humanos. Pues ella es fundamento de validez de toda actuación del Estado y de los ciudadanos, así como directriz del ordenamiento jurídico.

Nuestra Constitución es ley suprema pues organiza, fundamenta y estructura al Estado basado en un sentido político. Hoy en día la supremacía constitucional puede confundirse con poder político debido a su manipulación por medio de enmiendas y su mala redacción y estructuración. Puede desdibujar sus funciones principales desbocándolas en algo parecido a un abuso de poder.

De igual manera, pareciera que la supra legalidad constitucional, que se refiere a su rigidez y al poder de reforma, no es garantía suficiente para su supremacía, pues el exceso de enmiendas constitucionales aparentan que no hay un candado efectivo de reforma y que cualquier cosa es susceptible de modificar.

La Constitución debe de ser un espejo de garantías y de seguridad jurídica, pues el pueblo ha plasmado su voluntad al ceder cierta parte de nuestra libertad a representantes electos. Y es vital que éstos dejen a un lado cualquier tipo de interés y plasmar las necesidades sociales.

El constitucionalismo mexicano y la propia Constitución de los Estados Unidos Mexicanos tienen una gran historia y tradición jurídica. Se debe de retomar el sentido político original, adecuándolo a la actualidad y estar al alcance de todos.

“Constitución es la forma jurídica de la democracia”: Manuel Aragón. Como tal, debe reencarnar los principios e ideales de ésta. Es por esto que se debe hacer un análisis de la Constitución y reescribirla para coincidir con la democracia que fue origen y fundamento de nuestra Constitución.

 

Por Paula Jiménez Guzmán, Estudiante de Derecho en la Universidad Iberoamericana

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