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Revocación de mandato o referéndum ratificatorio

En la agenda distractora, toca el turno a la polémica consulta popular sobre el tema

Por Miguel Tirado Rasso

mitirasso@yahoo.com.mx

Tras la insulsa consulta popular para decidir si se les debe aplicar o no la ley “a los actores del pasado” que, por cierto, pasó de noche, ahora se trabaja a todo vapor en el Congreso, bueno, al menos los legisladores de Morena, para que la próxima consulta, la de la revocación de mandato, no padezca las carencias de su antecesora y su aplicación tenga el sustento de una norma regulatoria que precise

 detalles básicos como la redacción de la pregunta, las etapas del proceso, la fecha de la jornada, las reglas de participación de los ciudadanos y las bases para la difusión del evento, entre otros.

En la agenda distractora, toca el turno a la también polémica consulta popular para la revocación de mandato, “un ejercicio de democracia participativa por medio del cual los ciudadanos ejercen su soberanía para revocar o retirar de un cargo de

 elección popular, al candidato que resultara electo en la última elección en su distrito o circunscripción electoral, ya sea del poder ejecutivo o poder legislativo federal” (Gaceta de la Comisión Permanente).

Pero no crea usted, estimado lector, que el cabildeo de los de Morena con las bancadas de la oposición, es para definir el contenido de la ley reglamentaria del precepto constitucional sobre la revocación de mandato. Esto ya lo resolvieron Morena y sus aliados. A lo que están dedicados ahora es a tratar de convencer al bloque opositor para convocar a un período extraordinario de sesiones, en el que, la todavía efectiva aplanadora mayoritaria del partido en el poder, aprobaría la ley antes de que concluya la actual LXlV Legislatura. Lo que no han logrado por falta de votos, aunque Morena no se da por vencida y busca la manera de alcanzarlo.

¿Alguna razón particular para acelerar este proceso legislativo, que no pueda esperar 10 días? Pareciera que no la hay, salvo la incomodidad en Palacio

 Nacional por el tortuguismo del Poder Legislativo en la aprobación de esta ley reglamentaria. Molestia expresada, en el reclamo del Ejecutivo a los congresistas, por no incluirla en el segundo período extraordinario, acusando que, en el atraso, hay malas intenciones de grupos parlamentarios “…no quieren la revocación del mandato…Tienen miedo al pueblo y a la democracia” sentenció.

Por lo pronto, los senadores de Morena, aceleraron el paso y aprobaron ya, en comisiones, el proyecto de dictamen de la Ley Federal de Revocación de Mandato, indispensable para justificar el período extraordinario, solo con sus votos, ignorando a la oposición.

Pero la pregunta que aprobaron tergiversa el propósito de la figura de revocación de mandato, al convertirla, de una destitución, por pérdida de confianza, a una ratificación para continuar ejerciendo el cargo para el que fue electo. Esto es, una posible sanción, la convierte en un voto de confianza, con lo que la consulta pierde su sentido, pues, con todo y las críticas a su gobierno, nadie cuestiona su legitimidad al frente del Ejecutivo ni existe una demanda para su remoción, antes de concluir su período legal. Ante las presiones para sacar la ley reglamentaria sin análisis ni debate ni intención de escuchar otras opiniones, el bloque opositor se ha negado a respaldar la convocatoria para un período extraordinario.

El tema de la revocación de mandato es polémico y llama la atención cuando quien lo está promoviendo, con inusitado interés e impaciencia, es la propia figura de quien se somete al juicio popular, en lugar de que sea consecuencia del ejercicio de un derecho de los gobernados para remover de su cargo autoridades de elección popular, por pérdida de confianza o de aprobación, que encajaría mejor con el propósito de este ejercicio democrático. Y es que la revocación se maneja como un instrumento de defensa de los ciudadanos frente a gobernantes devenidos impopulares. Como una sanción, pues, consistente en la destitución del cargo.

La diferencia no es menor, según la procedencia de la solicitud de revocación. No es lo mismo que sea el pueblo bueno y sabio el que la pida, a que sea el gobernante quien la promueva. Aquél la solicita, en uso de su derecho para sancionar al gobernante. El motivo para que el funcionario la plantee, no podría ser para que le apliquen la revocación, para que lo sancionen, sino para evitarla y, nada más, porque la ley no habla de ratificación. De no haber mayoría a favor de la revocación, ésta no procede, y el gobernante continúa ejerciendo el cargo en base a la legitimidad de su elección, y no por una supuesta ratificación tácita, como se quiere interpretar la falta de mayoría favorable a la revocación. Claro está, siempre y cuando no exista otra intención oculta, en la promoción de esta figura jurídica.

La pregunta es fundamental. El senador Ricardo Monreal propuso un texto que no tiene nada que ver con el derecho de los gobernados a la revocación de mandato y más bien resulta un “referéndum ratificatorio”: “¿Estás de acuerdo en que (nombre) presidente de los Estados Unidos Mexicanos continúe ejerciendo el cargo hasta que concluya su mandato?”.

¿En dónde quedó el objetivo de este derecho ciudadano (la revocación) y la razón (pérdida de confianza) para ejercerlo? Insistimos. El gobernante busca que la revocación fracase, para seguir en el cargo, pero como él mismo la está promoviendo, le está apostando a “perder”. En el fondo lo que busca es una ratificación que, en rigor, no la necesita, resulta muy costosa y el resultado casi se puede anticipar.

En América Latina los únicos países en donde existe la revocación de mandato presidencial son Venezuela, Bolivia y Ecuador. Se dice que este ejercicio, de democracia participativa, contribuye a una mejor preservación de la estabilidad democrática, aunque los primeros dos países mencionados no se caractericen, precisamente, por ser ejemplos de regímenes democráticos.

De acuerdo a un estudio de la Universidad de los Andes (María Laura Eberhardt), la revocatoria presidencial en este Continente, sólo se ha aplicado en dos ocasiones. En Venezuela (2004), promovido por la oposición en contra del presidente Hugo Chávez y en Bolivia (2008), a instancias del propio presidente Evo Morales. Ambos casos, se implementaron en un contexto de crisis política, con resultados similares, los mandatarios libraron la crisis y fueron ratificados en sus cargos, en los que permanecieron, Chávez hasta su fallecimiento, en 2013 y Morales hasta que un golpe de Estado lo obligó a renunciar, en 2019.

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