Política

El Dr. Omar Olvera de Luna propone crear la Secretaría del Mar al Presidente Electo Andrés Manuel López Obrador

La democracia en México, es cada 6 años, mediante un voto secreto que el propio gobierno controla con sus instituciones creadas y con un Tribunal Federal Electoral, independiente del Poder Judicial de la Federación, que declaro electo a Andrés Manuel López Obrador.

El Poder Ejecutivo radica en un solo individuo que se denomina Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 80 constitucional, una persona debe tener la administración pública de un país, de 120 millones de mexicanos, se requiere un conocimiento total de lo que  cada mexicano necesita y poder para ejecutarlo, como lo establecen los artículos 25 y 26 de nuestra Constitución Federal, por eso existen 53 millones en extrema pobreza, sin que se cumplan las metas de los 136 artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Derecho Marítimo requiere de la existencia de los Tratados Internacionales, que solo el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, puede celebrar artículo 80 fracción X de la Constitución Federal y ratificado por el Senado, artículo 133 constitucional, pero que sucede cuando el Presidente protesta su cargo dice: “PROTESTO GUARDAR Y HACER GUARDAR LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LAS LEYES QUE DE ELLA EMANEN, Y DESEMPEÑAR LEAL Y PATRIÓTICAMENTE EL CARGO DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, QUE EL PUEBLO ME HA CONFERIDO, MIRANDO EN TDO POR EL BIEN Y PROSPERIDAD DE LA UNIÓN; Y SI ASÍ NO LO HICIERE QUE LA NACIÓN ME LO DEMANDE.”  Conforme al artículo 87 de la Ley Suprema de toda la Unión. No protesta cumplir con los Tratados Internacionales.

Debido a los Tratados Internacionales se logro en México, establecer la Zona Económica Exclusiva, que se extiende a 200 millas náuticas, en el artículo 27 después del párrafo séptimo de la Constitución Federal, según publicación en el Diario Oficial de la Federación, el 6 de febrero de 1976.

Se decreta: LA LEY REGLAMENTARIA DEL PÁRRAFO OCTAVO DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL RELATIVO A LA ZONA ECONÓMICA EXCLUSIVA, en el Diario Oficial de la Federación el 13 de febrero de 1976.

Se fija el límite exterior de la Zona Económica Exclusiva de México, el 7 de junio de 1976 en el Diario Oficial de la Federación.

La Mar vuelve al escenario de la política 10 años después con la publicación de la LEY FEDERAL DEL MAR, EL 8 DE ENERO DE 1986 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, CON UNA SOLA “FE DE ERRATAS”, DEL 9 ENERO DE 1986 Y SIN NINGUNA MODIFICACIÓN, Y NO EXISTE REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DEL MAR.

La Mar en México, no existe para la Administración Pública Federal, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, del 29 de diciembre de 1976, no administra el espacio marítimo de México, teniendo dos litorales y una superficie marítima superior a la terrestre y carecemos de la Secretaría del Mar y los Tribunales Marítimos, la Ley antes mencionada contiene 357 reformas y la Mar se encuentra en el abandono en la Administración Pública Federal no importando la ventaja económica de estar entre los dos Océanos más importantes el Pacífico y el Atlántico, tenemos la lección de Singapur que parte del año de 1993 en su movimiento de Independencia y nosotros en el mismo año con la Ley de Puertos y las famosas Administraciones Portuarias Integrales, al año de 2018 Singapur es la segunda potencia Mundial en materia marítima y México nada.

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Esperamos que en el nuevo sexenio se piense y se administra la Mar y tener la administración de justicia marítima en los Tribunales Marítimos en México, y no confundir que por tener una Secretaría de Marina se administra la riqueza del mar, no es así por las razones jurídicas siguientes:

El Derecho Marítimo se divide en dos:

1.- Derecho Marítimo de Paz- Marina Mercante Nacional, que estudian en las Escuela Náuticas;

2.- Derecho Marítimo de Guerra- Armada de México, que estudian en la Escuela Naval de Guerra;

Las bases constitucionales están en el artículo 73 fracción XIII de la Constitución Federal

Los Tribunales Marítimos tienen su fundamento en el artículo 104 fracción IV de la Constitución.

Las modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley de Puertos y Ley de Navegación y Comercio Marítimos del 19 de diciembre de 2016, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, regresando la Marina Mercante Nacional a la Secretaría de Marina en las funciones señaladas en la reforma es un retroceso para México.

Se debe pensar con el PLAN DE AUSTERIDAD DEL NUEVO SEXENIO, QUE DEBE EXISTIR UNA SOLA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, COMPRENDIENDO EN ELLA AL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y MARINA ARMADA DE MÉXICO, COMO OCURRIO ANTES DE 1940 EN MÉXICO.

En términos marinos en México la Secretaría del Mar esta algarete o al garate en las diversas Secretarías de Estado, como son: Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Coordinación General de Puertos y Marina Mercante, Secretaría de Marina-armada de México, Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, etc.

 

La tierra en México tiene:

1.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano;

2.- Tribunal Superior Agrario;

3.- Secretaría de la Defensa Nacional.

 

La mar en México no tiene:

1.- Secretaría del Mar;

2.- Tribunales Marítimos;

3.- Secretaría de Marina-Armada De México, si tiene.

 

Artículo del Dr. Omar Olvera de Luna, exclusivo para Macroeconomía.

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