Sociedad Promotora de Inversión Bursátil (SAPIB)
En el año 2006 con la publicación de la actual Ley del Mercado de Valores nació esta nueva figura de la SAPIB. A su vez, el 29 de diciembre de 2009, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores emite la Circular Única de Emisoras (Artículo 25 fracción VI) con lo cual se establece y posibilita a las SAPIB, para obtener recursos mediante colocación en el mercado de valores.
También es importante señalar que las consideraciones de las SAPIB en materia de Gobierno Corporativo son menos exigentes que para una Sociedad Anónima Bursátil (SAB). Las SAPIB requieren un mínimo de 20 inversionistas (institucionales y calificados) para poder colocarse en el mercado, mientras que las SAB requieren un mínimo de 200 inversionistas.
Asimismo, las SAPIB son empresas que tienen todos los derechos de listado y de colocación en Bolsa, teniendo cierta flexibilidad en cuanto a la revelación de información, con lo cual se simplifican sus prospectos de colocación e informes. Asimismo, las SAPIB tienen la oportunidad en un periodo de tres años, de convertirse en Sociedad Anónima Bursátil (SAB), es decir, en la figura de todas las empresas que hoy cotizan en Bolsa.