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Sistema de Justicia en México

Por el Dr. Raúl Contreras Bustamante

Existen una serie de elementos que se deben considerar al momento de procesar en definitiva las reformas constitucionales que están siendo analizadas en la agenda política nacional.

Por ejemplo, la impartición de justicia penal en el país se ha visto determinada por dos anteriores grandes reformas.  La primera -de 2008- que creó el sistema penal acusatorio, transformando de raíz todo el proceso; y la segunda -de 2011-, en materia de derechos humanos, que incorporó los tratados internacionales al mismo nivel que nuestra Constitución.

La reforma penal tuvo un lapso de transición de 8 años, durante los cuales los Poderes Judiciales -federal y los de las entidades federativas- tuvieron que haber recibido capacitación, así como debieron adecuar sus instalaciones para prepararse para el inicio de la vigencia.

Aunque parecía muy largo el periodo, la verdad es que faltó voluntad política y dotación de presupuestos necesarios para preparar a los jueces y demás auxiliares judiciales, frente a un reto que se antojaba enorme. Sin embargo, la tarea se realizó y lleva ya más de 8 años de su entrada en vigor, sin que las estadísticas indiquen que fue exitosa la reforma.

En donde se hicieron las cosas con menor intensidad y atención, fue en las Fiscalías, tanto a nivel federal como en las de los Estados. A pesar de que se abandonó la vieja institución de las Procuradurías para pasar a la figura de Fiscalías autónomas, la verdad sea dicha es que desde la academia siempre se ha señalado que no existe voluntad política para que se consolide esta nueva figura. Los Fiscales siguen teniendo una gran dependencia de los titulares de los Poderes Ejecutivos.

Así que en materia penal, la impartición de justicia tiene como gran reto la mayor profesionalización del trabajo precisamente de la procuración de justicia.

Lo anterior se comprueba con estadísticas. “México Evalúa” ha realizado un seguimiento y evaluación de la justicia penal y publicó sus “Hallazgos a 2022”, reportando que se abrieron carpetas de investigación casi por cada denuncia o querella que se presentó. En ese año, se abrieron en casi 9 de cada 10.

Dichas carpetas ascendieron alrededor de 2 millones 65 mil, de las cuales: 52.3% permanecieron abiertas durante ese año y 43% fueron terminadas por el ministerio público mediante: archivo temporal, abstención de investigación; no ejercicio de la acción penal; aplicación de un criterio de oportunidad; entre otras. Y sólo el 4.3% de carpetas de investigación avanzaron a la etapa de vinculación a proceso ante un juez.

Por otro lado, se menciona que sólo el 6.9% de los procedimientos derivados de las carpetas de investigación fueron resueltos mediante mecanismos alternativos de solución de controversias.

Por último,  se tienen datos que señalan que la impunidad -desde 2017- alcanza un nivel promedio superior al 90%. Es decir, se resuelven sólo 10 de cada 100 delitos que se cometen. Y eso no incluye una cantidad enorme de delitos no denunciados.

Además, se cuenta con un porcentaje considerable de sentencias absolutorias, como resultado de fallas en la investigación o por judicializar casos débiles en términos de prueba o fallas procesales que impactan en la convicción del juzgador.

Como puede observarse, en materia de combate al delito y a la impunidad, el gran reto está en las deficiencias en el trabajo del Ministerio Público. Porque claro, con tan pocas vinculaciones a proceso, se quiere que haya muchos procesados en prisión preventiva oficiosa y muchos sentenciados como culpables, para que no se note la falta de efectividad.

Como Corolario la frase de Albert Camus: “Si el hombre fracasa en conquistar la justicia y la libertad, fracasa en todo”.

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