Energía

PEMEX precisa el préstamo otorgado al STPRM

Con relación a la información que se ha publicado sobre el préstamo otorgado al Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), Petróleos Mexicanos precisa lo siguiente:

Dentro del proceso de la revisión del Contrato Colectivo de Trabajo Bienio 2011-2013, el STPRM presentó a la administración una solicitud para fortalecer la Estrategia de Vivienda PEMEX-STPRM.

Lo anterior, considerando que de acuerdo con el actual esquema que ocupa Petróleos Mexicanos para dar cumplimiento a lo pactado en la Cláusula 154 y Anexo 5 del Contrato Colectivo de Trabajo, se otorgan en promedio por año más de 2,300 créditos para satisfacer la demanda de vivienda de los trabajadores sindicalizados con derecho a esta prestación. Asimismo, conforme a la cláusula 246 del mencionado contrato, se prevé el otorgamiento de préstamos al STPRM.

En los términos que se venían ocupando y que son los convenidos en el Pacto Laboral, la empresa tardaría aproximadamente 15 años para satisfacer dicha demanda, además de los derechos que se generarían adicionales por los trabajadores de nuevo ingreso y los que adquirieran planta durante dicho lapso.

En este sentido, se convino otorgar un préstamo en términos del Contrato Colectivo de Trabajo a la representación sindical, con el fin de  cubrir en menos tiempo la necesidad de vivienda de los trabajadores sobre todo en aquellas zonas donde no hay oferta ni infraestructura.

Para ello, empresa y sindicato celebraron el Convenio Administrativo-Sindical número 10614 de fecha 27 de julio de 2011, por el cual Petróleos Mexicanos otorgó al STPRM un préstamo sin intereses por la cantidad de 500 millones de pesos para recuperar en un plazo máximo de 5 años, de enero de 2016 a noviembre de 2020.

Por otra parte, por lo que hace a las obligaciones de transparencia por parte del STPRM, éste se obligó a destinar dichos recursos al fideicomiso único, cuyo objeto consiste en: a) la adquisición de inmuebles; b) construcción de vivienda; c) adquisición de vivienda construida; y d) el importe por el pago de trámites relacionados con las operaciones anteriores.

El convenio mencionado se celebró con la autorización del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en sesión 832 acuerdo CA-083/2011 de 26 de julio de 2011, y contando con la suficiencia presupuestal para este efecto.

En dicho consejo votaron a favor de este acuerdo que autorizó fortalecer la estrategia de vivienda PEMEX-STPRM, los entonces miembros del consejo, representantes de las secretarías de Hacienda, Energía, Economía y Función Pública, así como los consejeros profesionales.

El mismo Consejo de Administración solicitó reservar la información por el período comprendido del 17 de enero de 2011 al 16 de agosto de 2021.

En dicho convenio se estableció, en términos del propio Contrato Colectivo de Trabajo, como garantía para el supuesto de que no se cumplan con el pago de las mensualidades pactadas, que la empresa pueda retener y recuperarlo de las cuotas ordinarias y extraordinarias del Comité Ejecutivo General y las ayudas que a éste se le entregan en cumplimiento a lo pactado en el Contrato Colectivo de Trabajo

El depósito del préstamo se efectuó mediante transferencia bancaria a la cuenta del STPRM previa suscripción del recibo correspondiente, que extendió el secretario tesorero de la organización sindical el 8 de diciembre de 2011. Para la administración de los fondos se constituyó el fideicomiso 742263 ante Banco Mercantil del Norte BANORTE, con objeto de cumplir los fines establecidos en la autorización del Consejo de Administración.

El convenio de referencia se depositó ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el 11 de enero de 2012.

Con fechas 30 de marzo, 31 de julio y 30 de noviembre de 2012, el STPRM presentó los informes cuatrimestrales con relación al convenio referido.

El Consejo de Administración de Pemex, en julio de 2011, estaba integrado de la siguiente manera:

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